La normativa es la misma para quien quiere deshacerse de un coche viejo que para quien quiere deshacerse de un vehículo siniestrado.
Desde el pasado 1 de enero de 2007 los conductores no pueden acogerse al Plan Prever a la hora de deshacerse de su coche viejo. Esta medida, desde luego, puede producir quebraderos de cabeza a todos aquellos que quieran desprenderse de su automóvil. La solución consiste en dar la baja del automóvil aunque hay quien opta por su abandono, opción poco recomentable que puede consultarse en la columna derecha.
Los trámites para dar de baja nuestro coche viejo se pueden hacer personalmente, a través de un concesionario o mediante una Gestoría especializada en Tráfico:
Es un trámite sencillo y gratuito que puede hacer en pocas horas en un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos (CATV), donde además del coche habrá que llevar una serie de documentos. Si el vehículo no funciona, el centro pondrá a disposición un servicio de grúa. Puede solicitarnos una tasación de su vehículo y le ayudaremos a solucionar los trámites con sencillez.
Hasta el 1 de enero de 2007 era la opción más habitual, porque gracias al Plan Prever los conductores dejaban su viejo coche como parte del pago por el nuevo. A partir de ahora eso no será posible, aunque es cierto que algunos concesionarios siguen haciendo ofertas por los automóviles usados. Dependerá del concesionario concreto.
La tercera posibilidad es acudir a una gestoría administrativa especializada en Tráfico para que ellos sean los encargados de realizar todos los trámites. El coste medio de esta operación son unos 30 euros.
Sea cual sea la opción elegida, para tramitar la baja del coche se necesitan siempre los mismos documentos:
Ante el desconocimento de la normativa, hay mucha gente que opta por abandonar el vehículo. No obstante, ésta suele ser la más cara de las opciones, además de la más contaminante. Los conductores que opten por esta vía han de saber que pueden enfrentarse a una serie de costes y sanciones.
Los vehículos no pueden estar estacionados en el mismo lugar más de un número determinado de días (cada Ayuntamiento fija sus normas). A consecuencia de un estacionamiento más largo de lo que fije la normativa, la grúa puede llevarse el vehículo. En ese caso, el dueño deberá abonar la correspondiente multa por el estacionamiento, más las tasas de la grúa y la estancia hasta que el propietario retire el coche.
La Concejalía de Medio Ambiente puede sancionar al propietario del vehículo puesto que el abandono de un coche implica una sanción por vertido peligroso regulada por Real Decreto. El importe de la multa varía dependiendo del municipio pero puede alcanzar los 30.000 euros.
Existe la posibilidad de dar de baja un vehículo por un tiempo determinado si por cualquier razón no se va a utilizar por un periodo determinado. Una vez finalizada esa baja, si el titular desea volver a utilizar el automóvil, deberá pedir su rehabilitación.
Para solicitar la baja temporal de un vehículo es necesario acudir a la Jefatura Provincial de Tráfico con la siguiente documentación:
La ventaja que tiene acogerse a esta baja es que el ayuntamiento no remitirá el impuesto de circulación durante el plazo que el coche no esté en uso. Sin embargo, antes de que el vehículo sea rehabilitado el conductor deberá abonar un coste de alta y pasar la ITV. Sin esos requisitos el vehículo no podrá circular de nuevo.